miércoles, 24 de julio de 2013

RECURSO DE PROTECCIÓN EN CONTRA DE BANCO SCOTIABANK

MATERIA:                  Recurso de Protección.
PROCEDIMIENTO:       Especial
RECURRENTE:           COMERCIALIZADORA DE CATÁLAGOS SpA
RUT:                         76.207.537-7
REPRESENTANTE:      ALDO TOSO DELGADO
RUN:                        9.477.331-8
ABOGADO:                        Roberto Ávila Toledo.
RUN:                        8.045.543-7
RECURRIDO:              SCOTIABANK CHILE
RUT:                         97.018.000-1                    
REPRESENTANTE:      James E. Callahan


EN LO PRINCIPAL: Recurso de Protección. PRIMER OTROSI: Acompaña documentos. SEGUNDO OTROSI: Patrocinio y poder.

I CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO.


ALDO TOSO DELGADO, Factor de Comercio, en representación de COMERCIALIZADORADE CATÁLOGOS SpA, del giro de su denominación, domiciliados ambos en paseo Huérfanos1.022 oficina 402, de la comuna y ciudad de Santiago, a VSI respetuosamente digo:

Que, encontrándome dentro de plazo, vengo en interponer recurso de protección, por la vulneración de mi derecho de Privacidad, garantizado en el artículo 19 número 24 de la Constitución en relación al artículo 154 de la Ley General de Bancos  en contra del Banco Scotiabank Chile, del giro de su denominación representado legalmente por don James E. Callahan, se desconoce profesión, ambos con domicilio en calle Morandé 226, Santiago.

El acto arbitrario e ilegal que da lugar al presente recurso se cometió en la sucursal San Miguel, sita en Avenida José Miguel Carrera 5098, comuna de San Miguel.


LOS HECHOS:
Mi representada es cuentacorrentista del Banco Scotiabank Chile, cuenta corriente en pesos  N° 972015202, y de la cuenta corriente en dólares N° 90972015296, de la sucursal San Miguel, Avenida José Miguel Carrera 5098, comuna de San Miguel.

El día 4 de Julio del presente año, la Ejecutiva de Inversiones, Sucursal San Miguel, doña Verónica Morales Miranda, envía a mi representada correo electrónico en que reconoce y confirma  que se ha estado enviando información respecto al recibo de divisas y saldos de cuenta corriente a un tercero, por medio de correos electrónicos, en circunstancias que el apoderado de la cuenta el compareciente  Aldo Toso Delgado,  quién no ha autorizado a persona alguna para realizar dichos trámites en el Banco a nombre de Comercializadora de Catálogos SpA.

El citado correo señala, cito textual “Aldo: Adjunto comprobantes de operación realizada el día de ayer, TB. Se le envío al señor Jesús Blanco, quien la solicitó antes de que nos dieras la instrucción que a nadie más que tú se le puede entregar información de la cuenta corriente y cualquier movimiento. Atenta a tus comentarios, saludos cordiales Verónica Morales Miranda/ Ejecutiva de Inversiones”.

Es de hacer notar que el secreto bancario opera por ley, es la regla general y que se si bien se puede autorizar expresamente el dar informaciones,  no es requisito del secreto bancario el dar instrucciones expresas para mantenerlo. Si el cuenta correntista nada dice opera el secreto bancario.

 El acto y omisión arbitraria e ilegal consiste en que: se entrega  información de carácter secreto respecto a recepción de divisas y saldos en cuenta corriente. Claramente hay aquí responsabilidades legales.

EL DERECHO:

1.   GARANTIA CONSITITUCIONAL VULNERADA

Esta situación violenta el derecho de privacidad de mi representada sobre la información bancaria,  el que está garantizado en el artículo19 número 4 de la Constitución Política del Estado y en la Ley General de Bancos  en la Constitución se establece:

4º.- El respeto y protección a la vida privada y a la honra de la persona y su  familia;”

Este derecho a la privacidad cobra especial significación en el ámbito de la actividad financiera y comercial por ello la Ley General de Bancos estableció el Secreto Bancario.

La Ley General de Banco dispone:

LEY GENERAL DE BANCOS
 SECRETO BANCARIO Y OTRAS NORMAS
       
Artículo 154.- Los depósitos y captaciones de cualquiera naturaleza que reciban los bancos están sujetos a secreto bancario y no podrán proporcionarse antecedentes relativos a dichas operaciones sino a su titular o a quien haya sido expresamente autorizado por él o a la persona que lo represente legalmente. El que infringiere la norma anterior será sancionado con la pena de reclusión menor en sus grados mínimos a medio.


PETICIONES CONCRETAS:

Vengo en solicitar:

1.- Se establezca que ha existido una violación del secreto bancario cometida mediante la entrega de información de la cuenta corriente número 972015202 del Banco Scotiabank, oficina San Miguel,  de mi representada    COMERCIALIZADORADE CATÁLOGOS SpA, mediante información entregada  a don Jesús Blanco Arjona por la ejecutiva Verónica Morales Miranda.

2.- Se ordene a Scotiabank Chile dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 154 de la Ley General de Bancos en orden a mantener el secreto bancario respecto a las cuentas corrientes de mi representada.

POR TANTO: Visto lo dispuesto en los artículos 19 número 4 y 20 de la Constitución Política, sírvase tener por interpuesto recurso de protección en contra del Banco Scotiabank Chile, del giro de su denominación representado legalmente por don James E. Callahan, se desconoce profesión, ambos con domicilio en calle Morandé 254, Santiago, acogiéndolo en definitiva con expresa condenación en costas.

PRIMER OTROSI: Acompaño los siguientes documentos:

1.- Fotocopia simple de escritura constitución sociedad Comercializadora de Catálogos SpA, en virtud del cual comparezco.
2.- Copia de correo electrónico que se me da a conocer  que se enviaron informaciones  de la cuenta corriente en pesos 972015202 del Banco Scotiabank, oficina San Miguel de fecha 4 de julio de 2013. El correo esta suscrito por la funcionaria Verónica Morales Miranda Ejecutiva de Inversiones de la recurrida.
3.- Carta Banco Scotiabank, donde se acredita la calidad de cliente de mi representada y mi representación de la misma.

POR TANTO: Ruego a VSI se sirva tenerlo por acompañados.


SEGUNDO OTROSI: Vengo en designar abogado patrocinante y conferir poder a don ROBERTO AVILA TOLEDO, domiciliado en Paseo Huérfanos 1373 oficina 309, de la comuna y ciudad Santiago, correo electrónico: roberticohile@yahoo.es

POR TANTO: Ruego a VSI tenerlo presente


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