martes, 18 de junio de 2013

PLENO DE LA CORTE RATIFICA ANULACIÓN DEL SOBRESEIMIENTO DEL CASO ALLENDE

PLENO DE LA CORTE RATIFICA ANULACIÓN DEL SOBRESEIMIENTO DEL CASO ALLENDE
 
El pleno de la Corte de Apelaciones de Santiago - todos los ministros constituidos en audiencia resolutiva - decretó la nulidad definitiva de la vista de la causa en que la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago había ratificado el sobreseimiento de la causa  por la muerte del presidente Salvador Allende.

La Cuarta Sala ya había anulado su propia vista de la causa ante un reclamo formulado por los abogados Roberto Ávila Toledo y Roberto Celedón.

Ante esta declaración de nulidad decretada por el pleno de la Corte de Apelaciones de Santiago el abogado Roberto Ávila Toledo señaló “avanzamos trabajosamente, pero sin decaer jamás en nuestra voluntad, en obtener una resolución fundamental y evidente: que bombardear e incendiar el palacio presidencial y arrastrar a la muerte directa o indirecta al presidente de la república es un delito. Esta situación nos recuerda una reflexión de Bertold Brecht “que tiempos debemos estar viviendo que hay que discutir lo obvio”.

La resolución implica que la causa debe volver a ser discutida ante una sala de la Corte de Apelaciones hasta el momento se han anunciado para este debate  los abogados Jorge Balmaceda en representación del ex general de aviación Fernando Rojas Vender bajo acusación de haber bombardeado La Moneda, Roberto Avila por diversos querellantes y Roberto Celedón por la agrupación de ex presos políticos.





 
Foja: 2596
Dos Mil Quinientos Noventa y Seis
 
C.A. de Santiago
Santiago, once  de junio de dos mil trece.
         Atendido el mérito de lo resuelto a fojas 2593 y siguientes, déjese constancia en la carátula de la inhabilidad que recae sobre la Ministro señora Mireya López Miranda, la Ministro señora Pilar Aguayo Pino y la Abogada Integrante señora Carmen Domínguez Hidalgo para el conocimiento del presenta asunto.
         Rija el decreto en relación.
         Vuelvan los autos a la tabla del relator designado o de quién lo reemplace.
N°Criminal-2055-2012.
 

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