martes, 3 de enero de 2012

APELAN DEL CIERRE DEL SUMARIO EN CASO ALLENDE

En el dìa de hoy los querellantes en el caso Allende apelaron del cierre del sumario decretado por el ministro Mario Carroza la apelaciòn presentada se lee a continuaciòn.





Apelaciòn



Sr Ministro en Visita

Don Mario Carroza Espinoza



ROBERTO AVILA TOLEDO, abogado, por la parte querellante que representa en autos rol-77-2011 a VSI por la muerte del Presidente Salvador Allende Gossens a VSI respetuosamente digo:

Que vengo en interponer recurso de apelación en contra de la resolución que declara cerrado el sumario que rola a fojas 2305 y 2306 y de la que la complementa y que rola a fojas 2307 y 2308.

Vengo en solicitar se nos conceda el presente recurso para ante la I. Corte de Apelaciones para que esta la enmiende conforme a derecho.

Fundo el presente recurso en las consideraciones de hecho y de derecho que paso a exponer:



1.- Los hechos no se han esclarecido, lo cual es uno de los objetivos fundamentales de la investigación sumarial.

En efecto, se encuentra pendientes las siguientes diligencias:

A.- Diligencia ordena por la I. Corte de Apelaciones de oficiar a la Contralorìa General de la república para que remita el listado de los pilotos de guerra que tenía la FACH al 11 de Septiembre de 1973.

B.- Resolución de la Corte de Apelaciones para citar bajo apercibimiento legal a Mario López Tobar para que proporcionara los nombres, que el mismo señaló conocer, de los pilotos que bombardearon La Moneda. Esta persona concurrió a declarar y mencionó un nombre y dijo ya no recordar el otro. El Tribunal no adoptó medida alguna, por lo cual la resolución de la Corte quedó incumplida.

C.- Esta parte solicitó pericia médica en el Instituto Mèdico Legal de Mario López Tobar que compareció alegando súbita enfermedad mental que afectaría su memoria y acompañó certificados médicos que no decían lo que èl pretextaba.. VSI proveyó “autos”, es decir no resolver inmediatamente para un mejor estudio, pero no resolvió la petición.

D.- Mi parte solicitó careo entre Reinaldo Romero Jara y Enrique Montealegre Julliàn, VSI proveyó esperar a que declarara Montealegre para resolver la petición, ello ocurrió y la petición nunca se resolvió. Romero Jara recibió en el aeropuerto de Carriel Sur a los bombarderos de La Moneda inmediatamente después del hecho y le consta la participación de Montealegre.

E.- Esta parte acompañó el texto de Roberto Thieme “El rebelde de Patria y Libertad” donde este confiesa los actos violentos cometidos por el grupo durante el gobierno del presidente Allende y el apoyo MATERIAL del ejercito argentino y brasileño para estas actividades delictuales. Como se sabe la directiva de esta organización estuvo procesada por un intento de matar al presidente Allende. Solicité se citara a estos dirigentes y VSI no negó la diligencia pero tampoco accedió a ella. La petición nunca se resolvió.

F. El general ® Fernando Matthei Aubel fue interrogado a nuestra solicitud sobre un pacto secreto para no dar los nombres de los pilotos que bombardearon La Moneda, que el había dado a conocer a la Revista que Pasa en entrevista al periodista don Juan Pablo Salaverry. El compareció y justificó el pacto, con lo cual obviamente lo reconoce, pero no señaló entre quienes opera este pacto. Estaba citado para eso.



2.- Existe un recurso de apelación pendiente.

En efecto, no habiendose esclarecido quienes bombardearon La Moneda solicité un orden de investigar por la PDO, cosa normal y lógica en u procedimiento penal de esta naturaleza. VSI negó la diligencia.

Solicitè conjuntamente careo entre la periodista Mònica Gonzàlez y el general ® Fernando Rojas Vender señalado por estaen el periódico argentino Clarin como el segundo oficial en el bombardeo a La Moneda a partir de información proporcionada por el mismo, cosa que el aviador niega. Solicité un careo y VSI negó al diligencia.

Ante ello apelamos y este recurso aun no se resuelve en la Corte.

3.- VSI ha llegado a una conclusión a nuestro juicio errónea.

En efecto, a fojas 2307 se lee, como una conclusión en relación al deceso del doctor Allende que “en su muerte no hubo acción de terceros”.

Esta conclusión no se compadece con lo establecido en el proceso en que:

1.- Consta que el Palacio de la Moneda fue bombardeado e incendiado.

2.- Tres generales de ejército han confesado haber atacado militarmente La Moneda usando infantería y tanques.

3.- El general de aviación ® Mario Lòpez Tobar reconoce que se descargaron 20 cohetes Sura antiblindaje contra el palacio presidencial.

4.- Que hay una reconocida intervención del gobierno norteamericano en Chile para derrocar al presidente Allende lo cual no podía dejar de considerar su muerte en tal cometido. Que ello esa acreditado en el informe senatorial norteamericano CHURCH, acompañado por mi parte al proceso.

La conclusión alcanzada por VSI nos llevaría a tener que aceptar supuestos que no se compadecen con el mérito del proceso ni con la verdad histórica. Esto es que, el presidente salió el 11 de Septiembre en un día normal desde su casa, llegó en medio de la mayor tranquilidad a su despachó y estando solo y, afectado, por una súbita depresión sicológica, se disparó.

La Suprema Corte de EEUU determinó que las personas que se arrojaron desde la Torres Gemelas para no morir de manera aún más horrible no se suicidaron como sostenían las compañías de seguro sino que fueron víctimas de homicidio porque su voluntad no era libre.

Todo suicidio provocado por la acción de terceros deja de serlo y se tipifica en homicidio.

En cuanto al peritaje practicado por el Instituto Mèdico Legal este año. Este carece de todo valor por cuanto, al periciar lo poco que quedaba del cadáver, después de que con evidente afán de encubrimiento en la exhumación del año 1990 se botaron parte de los restos, no hìzo otra cosa que repetir el informe médico legal que los propios militares adjuntaron al proceso, que ellos mismos llevaron adelante, sin ninguna razón legal (que competencia tenían los tribunales militares para investigar la muerte de un civil?) y con el evidente fin de ocultar su propio crimen.

El informe policial suscrito por el entonces (1973) prefecto de la PDI Pedro Espinoza avalando el suicidio consta en el proceso que se obtuvo luego que dos oficiales de ejército amenazaran al policía poniendo una pistola en su cabeza. Eso esta en el proceso que VSI llevó adelante.

Es evidente que esta investigación debe continuar.

POR TANTO: Ruego a VSI concedernos el presente recurso de apelación para ante la I. Corte de Apelaciones a fin de que esta proceda a acogerlo y de esta manera ordene la reapertura del sumario se practiquen las diligencias pendientes y se cumplan en este proceso las resoluciones de la Corte de Apelaciones que fueron dictadas para este proceso.

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